El Presidente de la República de Colombia
en uso de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 19 de 1973
Artículo 1Derógase El Decreto Extraordinario 881 De 14 De Mayo De 1974
º Derógase el Decreto extraordinario 881 de 14 de mayo de 1974.
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De Su Expedición
º El presente Decreto rige a partir de su expedición.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno