El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las que le confiere la Constitución Política artículo 120 numeral 5.°
Artículo 1°
° Nombrar provisionalmente por el término de cuatro (4) meses, al doctor Yesid Preciado Guzmán, para que desempeñe las funciones del cargo de Profesional Especializado Código 3010 -Grado 08, del Fondo Rotatorio de Estupefacientes de la Dirección de Vigilancia y Control del Ministerio de Salud, con una asignación básica mensual de $ 140.250.00, cargo vacante.
Artículo 2°
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las que le confiere la Constitución Política artículo 120 numeral 5.°; y la Ley 61 de 1987 artículo 4°
El Ministro de Salud