en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que las Naciones Unidas, por intermedio del Alto Comisionado de los Refugiados, han solicitado una contribución voluntaria a los Estados Miembros de la Organización, para atender urgentes problemas relacionados con los refugiados
Considerando · 3 motivos
Que las Naciones Unidas, por intermedio del Alto Comisionado de los Refugiados, han solicitado una contribución voluntaria a los Estados Miembros de la Organización, para atender urgentes problemas relacionados con los refugiados;
Que el Sumo Pontífice ha exhortado en repetidas ocasiones a los Gobiernos y a las entidades privadas de los países cristianos, a prestar su apoyo a la obra de las Naciones Unidas en favor de los refugiados;
Que la Asamblea General de las Naciones Unidas ha constituido el Fondo de las Naciones Unidas para los Refugiados, formado por contribuciones voluntarias de los Gobiernos y de los particulares, y Colombia forma parte del Comité Ejecutivo de dicho Fondo;
Artículo 1
Artículo primero. Destinase la suma de diez mil dólares (US $ 10.000.00), como contribución de Colombia al Fondo de Refugiados de las Naciones Unidas.
Dicha suma se pagará con cargo directo al presupuesto actual del Ministerio de Relaciones Exteriores, haciendo para ello los traslados del caso, si fuere necesario.
Artículo 2
Artículo segundo. La partida mencionada será situada en el Consulado General de Colombia en Nueva York, a la orden del Alto Comisionado para los Refugiados de las Naciones Unidas, con sede en Ginebra. Comuníquese y publíquese.