El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el Decreto de carácter extraordinario número 1600 de 1953
Artículo 2564Del Presupuesto De Gastos De La Presente Vigencia Comuníquese Y Publíquese Dado En Bogotá A 31 De Agosto De 1955
Artículo único. Dependiente de la Dirección del Departamento de Comercio y Almacenes del Ministerio de Obras Públicas, créase el cargo de Subdirector, con una asignación dé seiscientos cincuenta pesos ($ 650.00) mensuales, que se cubrirá con cargo al Capítulo 115, artículo 2564 del Presupuesto de Gastos de la presente vigencia Comuníquese y publíquese
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas