en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO: Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República. Que el día 8 de septiembre del presente año se conmemora el III Centenario de la Muerte de San Pedro Claver, Patrono de Colombia, cuya existencia de prodigiosa caridad constituye el más alto ejemplo de abnegación
Considerando · 4 motivos
Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República.
Que el día 8 de septiembre del presente año se conmemora el III Centenario de la Muerte de San Pedro Claver, Patrono de Colombia, cuya existencia de prodigiosa caridad constituye el más alto ejemplo de abnegación;
Que San Pedro Claver, benefactor de la humanidad, apóstol de las razas oprimidas, sostenedor en la Colonia de los derechos naturales de la persona, transformador de costumbres sociales, se ha hecho para siempre acreedor a la gratitud del pueblo colombiano;
Que su fecunda labor apostólica justifica el reconocimiento del Santo como Patrono de los trabajadores nacionales;
Artículo 1Con Motivo Del Iii Centenario De Su Muerte, El Gobierno Nacional Se Asocia Al Homenaje Que La Iglesia Católica, Por Decreto De Los Venerables Prelados, Rendirá A San Pedro Claver En La Ciudad De Cartagena
° Con motivo del III centenario de su muerte, el Gobierno Nacional se asocia al homenaje que la Iglesia Católica, por decreto de los Venerables Prelados, rendirá a San Pedro Claver en la ciudad de Cartagena.
Artículo 2Decrétase La Construcción De Un Monumento A San Pedro Claver, Que Será Erigido Sobre Las Murallas De Cartagena
º Decrétase la construcción de un monumento a San Pedro Claver, que será erigido sobre las Murallas de Cartagena.
Artículo 3Auxiliase Al Templo De San Pedro Claver, De Cartagena, Con La Suma De Cincuenta Mil Pesos ($ 50
º Auxiliase al Templo de San Pedro Claver, de Cartagena, con la suma de cincuenta mil pesos ($ 50.000.00) moneda corriente.
Artículo 4El Ministerio De Educación Nacional Tomará Las Medidas Conducentes Para Que La Vida De San Pedro Claver Sea Difundida En Escuelas, Colegios Y Universidades, Y Su Biografía De Héroe Patrio Incluida En Los Manuales De Historia Nacional
º El Ministerio de Educación Nacional tomará las medidas conducentes para que la vida de San Pedro Claver sea difundida en escuelas, colegios y Universidades, y su biografía de héroe patrio incluida en los manuales de historia nacional.
Artículo 5El Gobierno Nacional Honrará Con El Nombre De San Pedro Claver La Obra, Más Importante De Beneficio Social Que Realice El Estado Durante El Año De 1955, Cuyo Señalamiento Estará A Cargo De Una Junta Designada Por El Ministro De Educación Nacional
º El Gobierno Nacional honrará con el nombre de San Pedro Claver la obra, más importante de beneficio social que realice el Estado durante el año de 1955, cuyo señalamiento estará a cargo de una Junta designada por el Ministro de Educación Nacional.
Artículo 6Declárase A San Pedro Claver Patrono De Los Trabajadores Colombianos
º Declárase a San Pedro Claver Patrono de los trabajadores colombianos.
Artículo 7Durante Las Festividades Tricentenarias El Gobierno Nacional Estará Representado Por Una Delegación
º Durante las festividades tricentenarias el Gobierno Nacional estará representado por una Delegación.
Artículo 8En Nota De Estilo Transcríbase El Texto Del Presente Decreto A Su Eminencia Reverendísima El Cardenal Crisanto Luque, Arzobispo De Bogotá, Primado De Colombia; Al Excelentísimo Señor Nuncio Apostólico, Al Reverendo Padre Provincial De La Compañía De Jesús Y A La Iglesia De San Pedro Claver, De Cartagena
º En nota de estilo transcríbase el texto del presente Decreto a Su Eminencia Reverendísima el Cardenal Crisanto Luque, Arzobispo de Bogotá, Primado de Colombia; al Excelentísimo Señor Nuncio Apostólico, al Reverendo Padre Provincial de la Compañía de Jesús y a la Iglesia de San Pedro Claver, de Cartagena. Comuníquese y publíquese.