Micelio

decreto 2366 de 1953

3 artículos · lectura continua

Artículo 1

Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:

Artículo 775Para Viáticos Y Gastos De Transporte Del Personal De Este Departamento Cuando Viaje En Comisiones Oficiales En El Año $ 7

Artículo primero . Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE FOMENTO CAPITULO 70 Departamento Tercero - Servicios Públicos y Transportes Del artículo 775. Para viáticos y gastos de transporte del personal de este Departamento cuando viaje en comisiones oficiales en el año $ 7.000.00 Suman los contracreditos $ 7.000.00 CAPITULO 70 Departamento Tercero - Servicios Públicos y Transportes. Al artículo 777/1. Para sueldos del personal de la Comisión Revisora, encargada de elaborar y presentar a la consideración del Gobierno Nacional el proyecto sobre estatuto nacional de transporte, y para el pago de honorarios a los miembros permanentes de la Comisión creada por el Decreto número 2045 de 1953 $ 5.500.00 Al artículo 777/2. Para adquisición de equipo mecánico de oficina, útiles de escritorio y demás gastos similares que demande la Comisión Remisora encargada de elaborar el proyecto sobre estatuto nacional del transporte 1.500.00 Suman los créditos $ 7.000.00

Artículo 2

Artículo segundo. Quedan suspendidas todas las disposiciones que sean contrarias al presente Decreto, el cual rige desde su fecha. Comuníquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras públicas