Artículo 1
Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:
Artículo 775Para Viáticos Y Gastos De Transporte Del Personal De Este Departamento Cuando Viaje En Comisiones Oficiales En El Año $ 7
Artículo primero . Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE FOMENTO CAPITULO 70 Departamento Tercero - Servicios Públicos y Transportes Del artículo 775. Para viáticos y gastos de transporte del personal de este Departamento cuando viaje en comisiones oficiales en el año $ 7.000.00 Suman los contracreditos $ 7.000.00 CAPITULO 70 Departamento Tercero - Servicios Públicos y Transportes. Al artículo 777/1. Para sueldos del personal de la Comisión Revisora, encargada de elaborar y presentar a la consideración del Gobierno Nacional el proyecto sobre estatuto nacional de transporte, y para el pago de honorarios a los miembros permanentes de la Comisión creada por el Decreto número 2045 de 1953 $ 5.500.00 Al artículo 777/2. Para adquisición de equipo mecánico de oficina, útiles de escritorio y demás gastos similares que demande la Comisión Remisora encargada de elaborar el proyecto sobre estatuto nacional del transporte 1.500.00 Suman los créditos $ 7.000.00
Artículo 2
Artículo segundo. Quedan suspendidas todas las disposiciones que sean contrarias al presente Decreto, el cual rige desde su fecha. Comuníquese,