Micelio

decreto 1145 de 1951

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales.

Artículo 1

Artículo único. Derógase el Decretó número 0707 de 1950, por el cual se suspendió temporalmente el funcionamiento de la Oficina Nacional de Precios y de la Oficina Delegada de Precios de Cundinamarca. Este Decreto rige desde su fecha.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público. Antonio Álvarez Restrepo - El Ministró de Fomento