Micelio

decreto 1995 de 1995

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Artículo 1º

º. Trasládase la sede del Consulado de Primera de Colombia en la ciudad de Guasdualito a la ciudad de El Amparo, Venezuela, con jurisdicción en el Estado Apure, exceptuando el Distrito Pedro Camejo, y en el Distrito Ezequiel Zamora del Estado Barinas.

Artículo 2º

º. Trasládase del Consultado de Primera de Colombia en la ciudad de Guasdualito al Consulado de Primera de Colombia en la ciudad de El Amparo, Venezuela, la sede del cargo de Cónsul de Primera Clase, grado ocupacional 3 EX, con una asignación básica mensual de tres mil ochocientos dólares con 00/100 (US$3.800.00), actualmente ocupado por Hernando Prada González y la sede del cargo de Auxiliar Administrativo, grado ocupacional 5 PA, con una asignación básica mensual de un mil ciento setenta dólares con 00/100 (US$1.170.00), actualmente ocupado por Luz Marina Santos Sarmiento.

Artículo 3º

º. Hernando Prada González y Luz Marina Santos Sarmiento, continuarán ocupando los cargos de Cónsul de Primera Clase, grado ocupacional 3 EX, y de Auxiliar Administrativo, grado ocupacional 5 PA, respectivamente, en el Consulado de Primera Colombia en El Amparo, Venezuela, cargos trasladados según el artículo 2º de la presente disposición.

Artículo 4º

º. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 5º

º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 15 de noviembre de 1995. ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Relaciones Exteriores, Rodrigo Pardo García-Peña. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Guillermo Perry Rubio.