Micelio

decreto 2365 de 1971

3 artículos · lectura continua

Artículo 1

Artículo primero. Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1971, con la cantidad de diez millones de pesos ($ 10.000.000.00) moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 26 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral: Presupuesto de Rentas e Ingresos. CAPITULO XVI Recursos del crédito. b) Recursos del crédito externo. Numeral 198. Fondos de Desarrollo Sectorial $ 10.000.000.00 Suma el recurso $ 10.000.000.00

Artículo 2

º . Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971: Presupuesto de Inversión. Ministerio de Agricultura. CAPITULO 600 Ministerio de Agricultura Programa 602 Fomento e Investigación agropecuaria. Recursos del crédito externo. Fondos de Desarrollo Sectorial. 580-211. Artículo 6016-A. Gastos de administración del Instituto $ 1.500.000.00 580-215. Artículo 6016-B. Adquisición equipo y vehículos 1.500.000.00 Programa 603. Mercadeo agropecuario. Recursos del crédito externo. Fondos de Desarrollo Sectorial 580-318. Artículo 6037-A. Crédito supervisado para mercadeo agropecuario $ 7.000.000.00 Suman los créditos $ 10.000.000.00

Artículo 3

º . El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público