Micelio

decreto 3018 de 1953

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional

Artículo 1Derogado

° Derogado.

↺ Versiones anteriores (1)
Vigente 20/11/1953 – 02/03/2021

Artículo 1° Autorízase al Jefe de la Oficina de Registro de Cambios para que conceda un registro de importación, hasta por la suma de cuatro mil dólares (US$ 4.000.00) a favor de la Alcaldía de Medellín, para la adquisición de juguetes con destino a regalos de Navidad para los niños pobres de Medellín, y con fondos del mismo Municipio.

Artículo 2Derogado

° Derogado.

↺ Versiones anteriores (1)
Vigente 20/11/1953 – 02/03/2021

Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas