Micelio

decreto 389 de 1909

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El Presidente de la República de Colombia

En ejercicio de sus facultades legales

Artículo 1Trasládense En El Presupuesto De Gastos Del Año Económico De 1909 Las Siguientes Partidas Tomadas De Las Imputaciones Respectivas: Ministerio De Gobierno Departamento De Politica Interior Capítulo Ii

° Trasládense en el Presupuesto de Gastos del año económico de 1909 las siguientes partidas tomadas de las imputaciones respectivas: MINISTERIO DE GOBIERNO DEPARTAMENTO DE POLITICA INTERIOR Capítulo II. Gastos varios. Artículo 44. Para atender al pago de los gastos imprevistos del Ministerio, en el año, así $7,346 98 7,346 98 MINISTERIO DE GUERRA DEPARTAMENTO DE GUERRA Capítulo 72. Colonias Militares y Penales. Artículo 346. Para el gasto que ocasione la Colonia Militar y Penal del Meta, en personal y material, en Suman las deducciones 16,119 07 el año, sobre la base de 150 colonos $8,772 09 8,772 09 Artículo 2.° Las partidas que se trasladan tendrán las siguientes imputaciones: MINISTERIO DE GOBIERNO DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Capítulo 25. Intendencias. Artículo 213 A. Para el pagó de los gastos de personal y material de la Intendencia del Meta $6,119 07 6,119 07 Capítulo 26. Gastos varios de justicia. Artículo 217 A . Para atender á los gastos que demande la Colonia Penal, Agrícola y Militar del Meta $10,000 10,000 Suma $ 16,119 07

Parágrafo

Las Oficinas ordenadoras y pagadoras describirán en sus libros las operaciones á que da lugar el presente Decreto. Publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Instrucción Pública encargado del Despacho de Hacienda y Tesoro