Micelio

decreto 3802 de 1949

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 30 de noviembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones de los Ministerios de Higiene y Obras Públicas, según consta en el acta respectiva

Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Obras Publicas Capítulo 117

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Capítulo 117. Del artículo 2308. Para ampliación, adiciones y mejoras, gastos de conservación y reparación de los edificios de propiedad nacional, o en servicio oficial, de fuera de la capital de la República, en el año $ 1.974.00 Capítulo 121. Del artículo 2567. Para la terminación de la pavimentación de Santa Marta 34.000.00 Suman los contracréditos $ 35.974.00 MINISTERIO DE HIGIENE Capítulo 56. Al artículo 796-A. Para la terminación de la pavimentación y alcantarillado de Santa Marta $ 34.000.00 MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Capítulo 118. Al artículo 2373. Para continuar la construcción del Colegio Oficial Instituto "Isidro Parra", del Líbano 1.974.00 Suman los créditos $ 35.974.00

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha

Articulo 2° El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Higiene
El Ministro de Obras Públicas