Micelio

decreto 2364 de 1970

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por medio del numeral 3° del artículo 56 de la Ley 11 de 1969, se autorizó al Gobierno Nacional para, abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de Inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de Crédito

Considerando · 4 motivos

Que por medio del numeral 3° del artículo 56 de la Ley 11 de 1969, se autorizó al Gobierno Nacional para, abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de Inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de Crédito;

Que el Departamento Administrativo de Seguridad, por medio de la Resolución número 4067 de 1970, declaró sobrante el saldo de una apropiación de su Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso, con el objeto de que sea trasladada para incrementar otras apropiaciones dé su mismo Presupuesto, que resultaron insuficientes por un valor total de $ 25.000.00.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 59 de 1970, por un valor igual al que se trata de transferir, y;

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;

Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1970: Presupuesto De Funcionamiento Departamento Administrativo De Seguridad Nacional Capítulo 031 Departamento Administrativo De Seguridad Nacional Programa 545 Dirección Y Administración Servicios Personales 101, 111, 103

°. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD NACIONAL Capítulo 031 Departamento Administrativo de Seguridad Nacional Programa 545 Dirección y Administración Servicios personales 101, 111, 103. Artículo 0351. Sueldos del personal de nómina 25.000.00 Suma el contracrédito $25.000.00 Crédito: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD NACIONAL Capítulo 031 Departamento Administrativo de Seguridad Nacional Programa 045 Dirección y Administración. Gastos generales 106, 111, 213. Artículo 0365. Impresos y publicaciones 20.000.00 106, 111, 219. Artículo 0367. Gastos varios e imprevistos 5.000.00 Suma el crédito 25.000.00

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público