Micelio

decreto 2324 de 1982

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

º . Apruébase en todas sus partes el Acuerdo número 07-bis de 1982 de la Junta Directiva del Club Militar, por el cual se estabelce la Planta de Personal de empleados públicos de la entidad, cuyo texto es el siguiente: «ACUERDO NUMERO 07-bis DE 1982 (abril 7) por el cual se fija la Planta de Personal de empleados públicos del Club Militar. La Junta Directiva del Club Militar, en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, ACUERDA: Artículo 1°. Las funciones propias de las distintas dependencias del Club Militar, serán cumplidas por la Planta de Personal de empleados públicos que a continuación se establece: No de cargos Dependencia y denominación empleo Código Grado Dirección General. 1 (uno) Director General de Establecimiento Público 0015 06 1 (uno) Profesional Universitario 3020 04 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 11 Subdirección General. 1 (uno) Subdirector General de Establecimiento Público 0040 02 1 (uno) Secretario 5140 10 Sección de Socios. 1 (uno) Jefe de Sección 2075 02 1 (uno) Supervisor 5105 12 1 (uno) Técnico Operativo 4080 07 1 (uno) Secretario 5140 06 1 (uno) Operario 6030 01 Sección de Adquisiciones y Suministros 1 (uno) Jefe de Sección 2075 02 1 (uno) Jefe de Almacén 5060 13 1 (uno) Supervisor. 5105 10 1 (uno) Ecónomo 5150 07 1 (uno) Secretario 5140 06 3 (tres) Ayudante de Oficina 5155 05 División de Personal. 1 (uno) Jefe de División 2040 08 1 (uno) Secretario 5140 06 Sección de Relaciones Laborales. 1 (uno) Jefe de Sección 2075 02 1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 09 1 (uno) Secretario 5140 06 1 (1) Ayudante de Oficina 5155 05 Sección de Bienestar Social. 1 (uno) Jefe de Sección 2075 02 1 (uno) Secretario 5140 06 División de Servicios. 1 (uno) Jefe de División 2040 08 1 (uno) Coordinador 5005 15 1 (uno) Secretario 5140 06 Sección de Contratos. 1 (uno) Jefe de Sección 2075 02 1 (uno) Secretario 5140 06 Sección Operativa. 1 (uno) Jefe de Sección 2075 03 1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 11 División Financiera. 1 (uno) Jefe de División 2040 08 1 (uno) Técnico en Presupuesto 4035 07 1 (uno) Supervisor. 5105 12 2 (dos) Auxiliar Administrativo 5120 09 1 (uno) Secretario 5140 06 1 (uno) Ayudante de Oficina 5155 05 Sección de Contabilidad. 1 (uno) Jefe de Sección. 2075 02 2 (dos) Auxiliar Administrativo 5120 09 1 (uno) Ayudante de Oficina 5155 05 Sección de Crédito y Cobranzas. 1 (uno) Jefe de Sección.. 2075 02 3 (tres) Auxiliar Administrativo 5120 09 1 (uno) Secretario 5140 06 3 (tres) Auxiliar Administrativo 5120 05 Sección de Tesorería. 1 (uno) Jefe de Sección 2075 02 1 (uno) Cajero 5095 10 12 (12) Cajero 5095 07 1 (uno) Ayudante de Oficina 5155 05 Sección de Costos. 1 (uno) Jefe de Sección 2075 02 1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 09 2 (dos) Ayudante de Oficina 5155 05 División de Mantenimiento. 1 (uno) Jefe de División 2040 08 1 (uno) Coordinador 5005 19 1 (uno) Supervisor 5105 10 1 (uno) Ayudante de Oficina 5155 05 1 (uno) Operario Calificado 6000 08 3 (tres) Operario 6030 05 8 (ocho) Operario 6030 02 Artículo 2°. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que de sean contrarias. Requiere para su validez la aprobación del Gobierno Nacional. Comuníquese cúmplase.

Artículo 2

º . El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Defensa Nacional
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, encargado