Micelio

decreto 2364 de 1953

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales y en especial -de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional

Artículo 1Los Oficiales De Las Fuerzas Armadas Que Hayan Permanecido Fuera Del País Por Un Término Mayor De Tres (3) Meses En Viajes De Salud Por Lesiones Recibidas En Comisiones De Orden Público, Podrán Importar, Libre De Derechos De Aduana, A Su Regreso Al País, El Automóvil Que Hubieran Usado Durante Su Permanencia En El Exterior

° Los Oficiales de las Fuerzas Armadas que hayan permanecido fuera del país por un término mayor de tres (3) meses en viajes de salud por lesiones recibidas en comisiones de orden público, podrán importar, libre de derechos de aduana, a su regreso al país, el automóvil que hubieran usado durante su permanencia en el Exterior.

Artículo 2En El Registro De Importación Se Hará Constar El Compromiso De Dedicar El Vehículo Al Uso Exclusivo Del Importador, Y La Garantía De No Venderlo Ni Trasladarlo A Ningún Título Durante El Año Siguiente A Su Nacionalización

° En el Registro de Importación se hará constar el compromiso de dedicar el vehículo al uso exclusivo del importador, y la garantía de no venderlo ni trasladarlo a ningún título durante el año siguiente a su nacionalización.

Parágrafo

Los vehículos vendidos en contradicción con lo establecido en este artículo serán considerados como de contrabando.

Artículo 3Suspéndense Las Disposiciones Contrarias Al Presente Decreto, El Cual Regirá Desde Su Fecha

Articulo 3° Suspéndense las disposiciones contrarias al presente Decreto, el cual regirá desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas, y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas