Micelio

decreto 677 de 1969

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por medio del numeral 3° del artículo 55 de la Ley 35 de 1968, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir por decreto, a partir del 1° de enero de 1969, los créditos adicionales al Presupuesto y efectuar los traslados dentro de las apropiaciones de gastos, de funcionamiento e inversión que requiera la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento del programa de inversiones, los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito

Considerando · 4 motivos

Que por medio del numeral 3° del artículo 55 de la Ley 35 de 1968, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir por decreto, a partir del 1° de enero de 1969, los créditos adicionales al Presupuesto y efectuar los traslados dentro de las apropiaciones de gastos, de funcionamiento e inversión que requiera la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento del programa de inversiones, los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito y la reforma administrativa;

Que el Gobierno Nacional estima necesario y urgente abrir un crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969, por $ 2.025.725.00, en el Ministerio de Obras Públicas, para financiar la compra de una casa contigua al Palacio de San Carlos;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley número 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 5 de 1969, por $ 500.000.000.00, por concepto del superávit fiscal de 1968, de los cuales se utilizan $ 2.025.725.00, para financiar el crédito presupuestal de que trata este Decreto;

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;

Artículo 1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas E Ingresos Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1969, Con La Cantidad De Dos Millones Veinticinco Mil Setecientos Veinticinco Pesos ($ 2

°. Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1969, con la cantidad de dos millones veinticinco mil setecientos veinticinco pesos ($ 2.025.725.00), moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 5 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral: Presupuesto de Rentas e Ingresos. CAPITULO XV Recursos del Balance del Tesoro. Numeral 165. Superávit fiscal de 1963 $ 2.025.725.00 Suma el recurso $ 2.025.725.00

Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Abrese El Siguiente Crédito Adicional Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1969: Presupuesto De Inversión

° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, abrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969: Presupuesto de Inversión. Ministerio de Obras Públicas. CAPITULO 591 Ministerio de Obras Públicas. Programa 761. Construcción, conservación y adquisición de edificios y monumentos. Inversión directa. 563-435. Artículo 6351. Estudios, construcción, conservación y adquisición de edificios y monumentos nacionales 2.025.725.00 Proyecto 3. Adquisición de un inmueble contiguo al Palacio de San Carlos, carrera entre calles 9 y 10, en Bogotá. $ 2.025.725.00 Suma el crédito $ 2.025.725.00

Artículo 3El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público