en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por el artículo 87 de la Ley 28 de.1979
Artículo 1º
º . Apruébase el Decreto número . 0464 de mayo 26 de 1982 originario del Departamento de Caquetá cuyo texto es: "DECRETO NUMERO 00464 DE 1982 (mayo 26) por medio del cual se difieren los comicios electorales en algunas Inspecciones de Policía del Departamento del Caquetá . El Gobernador del Caquetá, en uso de sus atribuciones Iegales, y CONSIDERANDO : Que el Artículo 87 de la Ley 28 de1879 prevé las causales por las cuales se puede diferir las elecciones; Que en las Inspecciones de Policía de Remolino y San Guillermo, jurisdicción del Municipio de Florencia y Aletones, jurisdicción del Municipio de Belén des los Andaquíes, se tipifican las circunstancias previstas en el artículo 87 de la Ley 28 de 1979. DECRETA : Artículo primero . Difíerense los Comicios Electorales en las Inspecciones de Policía de Remolino y San Guillermo, jurisdicción del Municipio de Florencia y Aletones del Municipio de Belén de los Andaquíes, del Departamento del Caquetá. Artículo segundo . Infórmese lo pertinente a los Delegados de la Registraduría Nacional del Estado Civil, y a las autoridades competentes. Artículo tercero . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase. Dado en Florencia, Departamento del Caquetá Secretario de Gobierno Departamental (Firmado Ingeniero Nelson Oviedo Plaza ,"
Artículo 2º
º. E l presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y Cúmplase.