Artículo 1
Artículo único. Declárase de carácter permanente la vijencia del decreto número 52 de 1876, 8 de febrero, " sobre pruebas supletorias para el pago de viáticos a los miembros del Congreso," publicado en el Diario Oficial número 3,660, correspondiente al viérnes 11 del citado mes.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario del Tesoro i Crédito nacional