Artículo 1
Artículo primero. Destínase la suma de veinticuatro mil pesos ($ 24.000) moneda corriente, como aporte de la Nación para la terminación de la obra del Internado Campestre del Leprosorio de Agua de Dios.
Artículo 2
Artículo segundo. La suma a que se refiere el artículo anterior, será girada por el Departamento Administrativo del Ministerio de Higiene al Administrador de Hacienda Nacional de Medellín, para pagar al señor Guillermo Greiffenstein.
Artículo 3
Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto, se imputarán al Capítulo 59, artículo 637 del Presupuesto Nacional de Gastos de la vigencia en curso.
Artículo 637Del Presupuesto Nacional De Gastos De La Vigencia En Curso
Artículo tercero. Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto, se imputarán al Capítulo 59, artículo 637 del Presupuesto Nacional de Gastos de la vigencia en curso. Comuníquese y publíquese.