Micelio

decreto 30 de 1881

4 artículos · lectura continua

Artículo 1

Art. 1.° Ábrese al Presupuesto de Gastos para la vijencia económica de 1880 a 1881, un crédito estraordinario por la cantidad de $ 1,800 con imputación. al departamento de beneficencia i recompensas. Capítulo22 Gastos varios:

Artículo 2

Art. 2. ° Esta cantidad figurará en la cuenta de la Secretaría de Gobierno, como lo dispone el artículo k de la reforma 72.ª del decreto número 463 de 22 de octubre de 1874, que adiciona i reforma las disposiciones vijentes sobre Contabilidad nacional.

Artículo 3

Dése cuenta al Congreso en su próxima reunión, para los efectos del artículo 1334 del Código fiscal.

Artículo 1334Del Código Fiscal

Art. 3. ° Dése cuenta al Congreso en su próxima reunión, para los efectos del artículo 1334 del Código fiscal.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario de Gobierno