en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por medio del numeral 3º del artículo 56 de la Ley 11 de 1969, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos adicionales por medio de decreto, a partir del 1º de enero de 1970, al Presupuesto de Gastos y efectuar los traslados dentro de las apropiaciones para funcionamiento e Inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito. Que el Ministerio de desarrollo Económico, por medio de la Resolución ejecutiva número 347 de 197
Considerando · 4 motivos
Que por medio del numeral 3º del artículo 56 de la Ley 11 de 1969, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos adicionales por medio de decreto, a partir del 1º de enero de 1970, al Presupuesto de Gastos y efectuar los traslados dentro de las apropiaciones para funcionamiento e Inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito.
Que el Ministerio de desarrollo Económico, por medio de la Resolución ejecutiva número 347 de 1970, declaró sobrante y disponible la cantidad de $511.200.00 en el Presupuesto de Gastos del Ministerio de Defensa Nacional para la vigencia fiscal de 1970, con el objeto de utilizar el recurso para financiar la apertura de unos créditos adicionales al mismo presupuesto;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto -ley 1675 de 1964, el Contralor General de la república expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 65 de 1970, por $5.111.952.00 para amparar la apertura de los créditos adicionales de que trata este Decreto.
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;
Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1970: Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Defensa Nacional Capítulo 175 Ministerio Y Dirección Del Ministerio Programa 185 Gabinete Del Ministerio Servicios Personales 101, 151,103
º. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Capítulo 175 Ministerio y Dirección del Ministerio Programa 185 Gabinete del Ministerio Servicios personales 101, 151,103. Artículo 1751. Sueldos del personal de nómina $100.000.00 102, 151,119. Artículo 1753. Alimentación. Lavado y peluquería 15.000.00 Capítulo 176 Comando General Programa 186 Operación Administrativa del Comando General Servicios personales 101, 151,103. Artículo 1767. Sueldos del personal de nómina 1.225.650.00 101, 151,109. Artículo 1768. Remuneración servicios técnicos 81.565.00 102, 151,117. Artículo 1769. Prima de Navidad 73.954.00 Capítulo 177 Ejército Nacional Programa 190 Operación Administrativa del Ejército Servicios personales 101, 152,109. Artículo 1786. Remuneración servicios técnicos 126.820.00 102, 152,119. Artículo 1789. Alimentación, lavado y peluquería 1.000.000.00 Capítulo 179 Fuerza Aérea Colombiana Programa 200 Operación Administrativa de la Fuerza Aérea Servicios personales 101, 154,109. Artículo 1865. Remuneración servicios técnicos 94.270.00 101, 154,113. Artículo 1836. Jornales. 1.012.180.00 102, 154,119. Artículo 1838. Alimentación, lavado y peluquería 1.300.000.00 Gastos generales 106, 154,215. Artículo 1846. Arrendamientos 82.513 Suman los créditos $5.111.952.00
Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1970: Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Defensa Nacional Capítulo 175 Administración Y Dirección Del Ministerio Programa 185 Gabinete Del Ministro Gastos Generales 105, 151,203
º. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Capítulo 175 Administración y Dirección del Ministerio Programa 185 Gabinete del Ministro Gastos generales 105, 151,203. Artículo 1756. Compra de equipo 50.000.00 106, 151,211. Artículo 1757. Materiales y suministros 65.000.00 Capítulo 176 Comando General Programa 186 Operación administrativa del Comando General Servicios personales 102, 151,119. Artículo 1770. Alimentación, lavado y peluquería 12.000.00 Gastos generales 105, 151,201. Artículo 1771. Mantenimiento y aseguros 60.000.00 105, 151,207. Artículo 1772. Compra de equipo 846.650.00 106, 151,207. Artículo 1774. Servicio de comunicaciones 10.000.00 106, 151,209. Artículo 1775. Servicios públicos 81.565.00 106, 151,211. Artículo 1776. Materiales y suministros 113.954.00 106, 151,213. Artículo 1777. Impresos y publicaciones 70.000.00 106, 151,219. Artículo 1778. Gastos varios e imprevistos 15.000.00 Programa 187 Administración de instalaciones del Comando General Gastos generales 105.151.201. Artículo 1779. Mantenimiento y aseguros 115.000.00 105, 151,203. Artículo 1780. Compra de equipo 27.000.00 Programa 189 Educación Física y Deportes Gastos generales 106, 318,211. Artículo 1784. Materiales y suministros 30.000.00 Capítulo 177 Ejército Nacional Programa 194 A Vigencias expiradas Artículo 1810.a. Pago de vigencias expiradas por concepto de servicios personales y gastos generales, mediante resoluciones de reconocimiento que requerirán la aprobación de la Dirección General del Presupuesto 1.126.820.00 Capítulo 179 FUERZA AEREA COLOMBIA Programa 200 Operación Administrativa de la Fuerza Aérea Servicios personales 105, 154,201. Artículo 1349. Mantenimiento y aseguros 702.636.00 Suman los créditos $5.111.952.00
Artículo 3El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
º. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.