en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por la Ley 7ª de este, año se destinó la partida de cincuenta mil pesos, para la defensa agrícola nacional
Considerando · 2 motivos
Que por la Ley 7ª de este, año se destinó la partida de cincuenta mil pesos, para la defensa agrícola nacional;
Que corresponde al Gobierno distribuir esa partida entre los diversos servicios de defensa agrícola, que deben establecerse con carácter de urgentes en los meses restantes de la actual vigencia económica;
Artículo 1La Partida Destinada Para Defensa Agrícola En Los Meses De Septiembre, Octubre, Noviembre Y Diciembre Del Presente Año, Se Distribuirá Así: Para Estudiar Y Combatir Toda Clase De Plagas De Los Cultivos, Comprar Insecticidas Y Fungicidas, Primeras Materias Y Material Para La Preparación De Éstos Y Maquinaria Para Aplicarlos; Para Trabajos De Investigación, Experimentación, Demostración, Divulgación Y Enseñanza Práctica Sobre Sanidad Agraria Y Para Contratar El Personal Técnico Extranjero Suficiente Para Este Ramo $ 40,000 Para Ensanchar Los Edificios Destinados Para La Oficina De Sanidad Agraria, Situada En El Predio De La Picota 10,000 Total $ 50,000 Publíquese
º. La partida destinada para defensa agrícola en los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del presente año, se distribuirá así: Para estudiar y combatir toda clase de plagas de los cultivos, comprar insecticidas y fungicidas, primeras materias y material para la preparación de éstos y maquinaria para aplicarlos; para trabajos de investigación, experimentación, demostración, divulgación y enseñanza práctica sobre sanidad agraria y para contratar el personal técnico extranjero suficiente para este ramo $ 40,000 Para ensanchar los edificios destinados para la Oficina de Sanidad Agraria, situada en el predio de La Picota 10,000 Total $ 50,000 Publíquese.