Artículo 1
Articulo único. A partir del 15 del presente mes en adelante, la Oficina Postal y Telegráfica de Guadual se denominará Oficina Postal y Telegráfica de Arauquita, nombre con el cual figura dicho Municipio en la nomenclatura oficial del Departamento de Boyacá. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno