Micelio

decreto 1300 de 1924

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Artículo 1Créase El Puesto De Revisor De Cuentas De La Sección Segunda Del Ferrocarril Central Del Norte, Con La Asignación De $ 180 Mensuales

° Créase el puesto de Revisor de Cuentas de la Sección segunda del Ferrocarril Central del Norte, con la asignación de $ 180 mensuales.

Artículo 2Nómbrase Revisor De Cuentas De La Sección Segunda Del Ferrocarril Central Del Norte Al Señor Jesús Londoño Martínez

Articulo 2° Nómbrase Revisor de Cuentas de la sección segunda del Ferrocarril Central del Norte al señor Jesús Londoño Martínez. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas