DecretoVigente
Decreto 2638 de 1974
Por el cual se reglamentan los artículos 6° y 7° del Decreto 1982 de 1974
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Los Establecimientos Públicos, Las Empresas Industriales Y Comerciales Del Estado Y Las Sociedades De Economía Mixta Sujetas Al Régimen Previsto Para Las Empresas, Deberán Obtener Autorización De La Dirección General Del Presupuesto Para La Adquisición De Los Siguientes Elementos: - Vehículos - Máquinas Sumadoras - Máquinas De Escribir - Calculadoras - Tapetes Y Alfombras - Muebles De Oficina - Radios Y Amplificadores De Sonido - Conmutadores - Máquinas De Contabilidad - Filmadoras - Cortinas Y Elementos De Decoración - Obras De Arte - Máquinas De Impresión - Grabadoras - Cámaras Fotográficas - Dictáfonos2La Dirección General Del Presupuesto No Autorizará La Compra De Los Elementos Señalados En Este Decreto, Si No Se Comprueba: A3Las Adquisiciones De Los Elementos Señalados Se Deberán Cumplir Dentro De Las Condiciones Establecidas Por El Reglamento Orgánico De La Correspondiente Entidad Y Demás Normas Fiscales Vigentes Sobre La Materia4Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
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