Micelio

decreto 386 de 1894

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En uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que á consecuencia del establecimiento de la renta de cigarrillos y de 1a de tabaco se ha recargado considerablemente el trabajo en el Ministerio de Hacienda

Considerando · 1 motivo

Que á consecuencia del establecimiento de la renta de cigarrillos y de 1a de tabaco se ha recargado considerablemente el trabajo en el Ministerio de Hacienda;

Artículo 1Créase En La Sección 1

° Créase en la Sección 1.ª del Ministerio de Hacienda un Oficial encargado especialmente de todo lo relativo á las rentas de cigarrillos y de tabaco, con la asignación anual de $ 1,500, la cual se imputará al artículo 269 del Presupuesto de Gastos.

Artículo 2Nómbrase Para Desempeñar Dicho Empleo Al Sr

° Nómbrase para desempeñar dicho empleo al Sr. Manuel Guillermo Terán.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Hacienda