Micelio

decreto 993 de 1948

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 12 de marzo del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de la Economía Nacional, según consta en el acta respectiva

Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De La Economia Nacional Capítulo 59

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL Capítulo 59. Del artículo 663. Para compra de animales, equipo y dotacion, jornales y demás gastos que requiera el desarrollo de campañas en favor de los ganados de las razas seleccionadas Holsteíu, Normanda, Ahorton y Red-Poll $ 7.000.00 Capítulo 59. Al artículo 667. Para pago de bonificaciones por importación de reproductores bovinos, caprinos, porcinos y aves, y para organización y premios de expoposiciones pecuarias $ 7.0000.00

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha

° El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de la Economía Nacional