Micelio

decreto 1992 de 1943

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 1° de octubre del año en curso autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar un- traslado dentro de las apropiaciones del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, según consta en la nota número 1398 procedente de la Secretaria de dicha entidad

Artículo 1Hácese El Siguiente Traslado En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Trabajo, Higiene Y Prevision Social Capitulo 42 Del Artículo 465

° Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOCIAL CAPITULO 42 Del artículo 465. Para atender a la construcción del alcantarillado de la ciudad de Cartagena $ 20.000.00 CAPITULO 45 Al artículo 564-A. Para ampliación de hospitales, construcciones y reparaciones que requiera el régimen sanatorial en el lazareto de caño loro $20.000.00

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha

° El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Trabajo» Higiene y Previsión Social