en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 1° de octubre del año en curso autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar un- traslado dentro de las apropiaciones del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, según consta en la nota número 1398 procedente de la Secretaria de dicha entidad
Artículo 1Hácese El Siguiente Traslado En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Trabajo, Higiene Y Prevision Social Capitulo 42 Del Artículo 465
° Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOCIAL CAPITULO 42 Del artículo 465. Para atender a la construcción del alcantarillado de la ciudad de Cartagena $ 20.000.00 CAPITULO 45 Al artículo 564-A. Para ampliación de hospitales, construcciones y reparaciones que requiera el régimen sanatorial en el lazareto de caño loro $20.000.00
Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha
° El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.