en uso de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 120 de la Constitución Nacional
Artículo 1Ley 2085 De 2021 Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo Primero
Derogado.
TEXTO CORRESPONDIENTE A
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo primero. Elévase en cinco (5) puntos, a partir del primero de abril de 1977, el encaje que para garantizar y regular su liquidez deben mantener las corporaciones de ahorro y vivienda en obligaciones de valor constante, sin interés, emitidas por el FAVI.
La elevación del encaje prevista en este artículo se aplicará sobre las exigibilidades representadas en depósitos a término y en cuentas de ahorro de valor constante.
TEXTO CORRESPONDIENTE A
↺ Versiones anteriores (1)
Artículo primero. Elévase en cinco (5) puntos, a partir del primero de abril de 1977, el encaje que para garantizar y regular su liquidez deben mantener las corporaciones de ahorro y vivienda en obligaciones de valor constante, sin interés, emitidas por el FAVI. La elevación del encaje prevista en este artículo se aplicará sobre las exigibilidades representadas en depósitos a término y en cuentas de ahorro de valor constante. TEXTO CORRESPONDIENTE A Derogado Artículo 6 DECRETO 1412 de 1979
Artículo 2Ley 2085 De 2021 Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo Segundo
Artículo segundo. Derogado.
↺ Versiones anteriores (1)
Artículo segundo. Autorízase al Fondo de Ahorro y Vivienda (FAVI) para invertir en Títulos Canjeables por Certificados de Cambio del Banco de la República , los recursos provenientes de los cinco (5) puntos adicionales de encaje de las corporaciones de ahorro y de vivienda.
Artículo 3Derogado
º. Derogado.
↺ Versiones anteriores (1)
Artículo 3º. Este Decreto rige a partir de su fecha de expedición.