Micelio

decreto 837 de 1995

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Artículo 1º

º. Aclárase el artículo segundo del Decreto número 83 de enero 10 de 1995, en el sentido de que los gastos por concepto de la bonificación a que tienen derecho los oficiales de la Policía Nacional, que se desempeñen como edecanes del Presidente y Vicepresidente de la República, serán cancelados con cargo al presupuesto de la Policía Nacional.

Artículo 2º

º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y produce los efectos fiscales en la forma establecida en el inciso final del artículo cuarto de la Ley 4º de 1992.