Artículo 1
Artículo único. Promúlgase como Ley el preinserto Tratado, el cual recibió la aprobación legislativa por medio de la Ley 93 de 1928 (noviembre 17) Publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores