El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus atribuciones legales
Artículo 1
Artículo único. Aplázase, hasta el 1° de enero de 1964 la vigencia del Decreto 906 del 5 de abril de 1962, reglamentario de los gastos de arrendamiento y de sostenimiento de inmuebles para las Misiones Diplomáticas en el Exterior.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público