Micelio

decreto 118 de 1960

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Artículo 3972, Ordinal 20)

Artículo primero. Las partidas globales apropiadas para sueldos de personal, jornales a obreros, alimentación de profesores y personal administrativo, alimentación de alumnos becados y restaurante del Instituto Pedagógico Femenino de Pamplona, en el presente año, se distribuye así : Capítulo 388, artículo 3972, ordinal 20). Mensual Total Para sueldos del personal durante el mes de enero, de conformidad con la nómina del mes de diciembre de 1959 $ 12.652.32 Sueldos en once meses: febrero a diciembre: Rectora 900.00 9.900.00 Pagadora III (Secretaria) 580.00 6.380.00 Una Profesora Interna Directora de Grupo, de primera categoría 800.00 8.800.00 Tres Profesoras Internas, Directoras de Grupo, de segunda categoría, a $ 650.00 mensuales cada una 1.950.00 21.450.00 Una Profesora Interna Directora de Grupo, de tercera categoría 550.00 6.050.00 Cuatro Profesoras Internas, Directoras de Grupo, de cuarta categoría, o sin escalafón, a $ 450.00 mensuales cada una 1.800.00 19.800.00 Para Profesorado externo 1.000.00 11.000.00 Directora de la Escuela Anexa 650.00 7.150.00 Seis profesoras de la Escuela Anexa, a $ 45.00 mensuales cada una 2.700.00 29.700.00 Capellán - Profesor 250.00 2.750.00 Médico - Profesor 250.00 2.750.00 Odontólogo 200.00 2.200.00 Bibliotecaria I 300.00 3.300.00 Auxiliar de enfermería I 210.00 2.310.00 Portero I 150.00 1.650.00 Ecónoma II 200.00 2.200.00 Para servicio doméstico 857.97 9.437.67 Suma $ 13.347.97 159.479.99 Capítulo 388, artículo 3973, ordinal 20. Mensual Total Enero a diciembre: Para pago de jornales a obreros por trabajos manuales que requiera el establecimiento, en la presente vigencia y anteriores $ 100.00 1.200.00 Capítulo 388, artículo 3974, ordinal 20). Diez meses : febrero a noviembre: Para alimentación de 22 profesoras y personal administrativo, a $ 70.000 mensuales cada una 1.540.00 15.400.00 Para alimentación del servicio doméstico 470.00 4.700.00 Dos meses : enero a diciembre Para alimentación del personal que debe permanecer en el establecimiento en época de vacaciones $ 300.00 600.00 Suma $ 20.700.00 Capítulo 388, artículo 3976, ordinal 20. Diez meses : febrero a noviembre : Para alimentación de 48 alumnos becados, a $ 70.00 mensuales cada uno 3.360.00 33.600.00 Para restaurante de la Escuela Anexa 400.00 4.000.00 Suma $ 3.760.00 37.600.00

Artículo 2

Artículo segundo. Las partidas distribuidas por el presente Decreto, como las liquidadas en el Decreto de Presupuesto de Rentas y Gastos de 1960, Capítulo 388, ordinal 20 de los artículos 3975, 3978, 3979, 3980, 3981, 3982 y 3984, para atender a los demás gastos y servicios del Instituto Pedagógico Femenino de Pamplona, dependiente de la División de Normales Superiores y Educación Primaria, serán giradas a la Pagadora III de dicho establecimiento. Comuníquese y publíquese.