en uso de sus atribuciones legales y en especial de la que le confiere la Ley de 4a 1970, y CONSIDERANDO: Que las inundaciones ocasionadas por el invierno de fines del año próximo pasado, afectaron un apreciable número de escuelas en el Departamento de Sucre, y Que el Gobierno Nacional considera como deber suyo conceder su aporte económico en emergencia de esta naturaleza
Considerando · 2 motivos
Que las inundaciones ocasionadas por el invierno de fines del año próximo pasado, afectaron un apreciable número de escuelas en el Departamento de Sucre, y;
Que el Gobierno Nacional considera como deber suyo conceder su aporte económico en emergencia de esta naturaleza;
Artículo 1De La Suma Apropiada En El Presupuesto De La Actual Vigencia, Capítulo 101, Artículo 1015, Para Calamidades Públicas, Destínase La Suma De Doscientos Mil Pesos ($ 200
° De la suma apropiada en el Presupuesto de la actual vigencia, Capítulo 101, artículo 1015, para calamidades públicas, destínase la suma de doscientos mil pesos ($ 200.000.00) moneda corriente, que será entregada al Tesorero Departamental de Sucre, a órdenes del Gobernador de ese mismo Departamento, con destino a la reparación de las escuelas afectadas por las inundaciones a que se refiere la parte motiva de este Decreto.
Artículo 2Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.