Micelio

decreto 118 de 1959

1 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Artículo único. Autorizase al Instituto Nacional de Abastecimientos "INA", para llevar a cabo la importación, con exención de derechos de aduana, de impuestos de giros, de depósito previo y de la cuota de fomento y defensa del trigo nacional, hasta las cantidades aquí indicadas de los siguientes productos: 70.000 toneladas de trigo. 25.000 toneladas de harina de trigo y sémolas. 5.500 toneladas de azúcar. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República