Artículo 1Adiciónanse El Presupuesto De Ingresos Del Fondo Vial Nacional Para La Vigencia Discal De 1973, En La Cantidad De Quince Millones De Pesos ($ 15
°. Adiciónanse el presupuesto de Ingresos del Fondo Vial Nacional para la vigencia discal de 1973, en la cantidad de quince millones de pesos ($ 15.000.000.00) moneda corriente, de acuerdo con la siguiente distribución: PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS Ingresos no Tributarios Aportes Numeral 2-A. Aporte del Gobierno Nacional -Ministerio de Obras Públicas-con Recursos Ordinarios $ 15.000.000
Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Adiciónase El Presupuesto De Gastos Del Fondo Vial Nacional Para La Vigencia Fiscal De 1973, En La Cantidad De Quince Millones De Pesos ($ 15
°. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adiciónase el presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1973, en la cantidad de quince millones de pesos ($ 15.000.000.00) moneda corriente; de acuerdo con la siguiente distribución: PRESUPUESTO DE GASTOS Inversión Indirecta Programa II Financiamiento Artículo 30. Aporte de la Nación al Fondo Nacional de Caminos Vecinales, a través del Fondo Vial Nacional para estudios, construcción y conservación de caminos vecinales $ 15.000.000 Proyecto 1 Oficina Central $ 1.000.000 Proyecto 2 Seccional de Antioquia 1.100.000 Proyecto 3 Seccional del Atlántico 300.000 Proyecto 4 Seccional de Bolívar 500.000 Proyecto 5 Seccional de Boyacá 200.000 Proyecto 6 Seccional de Caldas 900.000 Proyecto 7 Seccional del Cauca 500.000 Proyecto 8 Seccional del Cesar 200.000 Proyecto 9 Seccional de Córdoba 1.700.000 Proyecto 10 Seccional de Cundinamarca 300.000 Proyecto 11 Seccional del Chocó 200.000 Proyecto 12 Seccional de La Guajira 200.000 Proyecto 13 Seccional del Huila 1.000.000 Proyecto 14 Seccional del Magdalena 600.000 Proyecto 15 Seccional del Meta 1.000.000 Proyecto 16 Seccional de Nariño 400.000 Proyecto 17 Seccional de Norte de Santander 2.000.000 Proyecto 18 Seccional del Quindío 500.000 Proyecto 19 Seccional de Risaralda 1.100.000 Proyecto 20 Seccional de Santander 600.000 Proyecto 21 Seccional de Sucre 200.000 Proyecto 22 Seccional del Tolima 400.000 Proyecto 23 Seccional del Valle 100.000 Total Gastos $ 15.000.000
Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.