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decreto 3005 de 1977

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Artículo 1De Conformidad Con Lo Previsto En El Artículo 2° Del Decreto 602 De Marzo 15 De 1977, Créase La Prima Técnica Para Los Siguientes Cargos De La Planta De Personal De La Dirección General De Aduanas Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público: Direccion General De Aduanas Número De Cargos Denominación Del Empleo Clase Grado Sueldo Básico Subdirección General

° De conformidad con lo previsto en el artículo 2° del Decreto 602 de marzo 15 de 1977, créase la Prima Técnica para los siguientes cargos de la Planta de Personal de la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público: DIRECCION GENERAL DE ADUANAS Número de Cargos Denominación del Empleo Clase Grado Sueldo Básico Subdirección General. 1 Subdirector IV 31 $ 18.500 Subdirección Técnica. 1 Subdirector III 29 17.000 Subdirección de Investigación y Control. 1 Subdirector III 29 17.000 Subdirección de Resguardo. 1 Subdirector III 29 17.000

Artículo 2La Asignación De La Prima Técnica Para Los Cargos A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Se Hará Por Decreto Del Gobierno Con Base En La Solicitud Razonada Formulada Por El Ministro De Hacienda Y Crédito Público Y Conforme A Lo Dispuesto En El Decreto 602 Del 15 De Marzo De 1977

° La asignación de la Prima Técnica para los cargos a que se refiere el artículo anterior, se hará por decreto del Gobierno con base en la solicitud razonada formulada por el Ministro de Hacienda y Crédito Público y conforme a lo dispuesto en el Decreto 602 del 15 de marzo de 1977.

Artículo 3El Presente, Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

° El presente, Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil