en ejercicio de sus facultades constitucionales, en especial las conferidas por el ordinal 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto 2165 de 1992
Artículo 1Suprimir Los Cargos De La Planta De Personal De La Superintendencia Nacional De Salud Fijados Mediante El Decreto Número 1924 Del 27 De Noviembre De 1992, Así: Planta Global Del Nivel Nacional Número De Cargos Denominación Del Cargo Código Grado 1 Investigador Científico 3000 16 1 Analista De Sistemas 4005 11 1 Programador De Sistemas 4060 09 2 Asistente Administrativo 4140 12 4 Secretario Ejecutivo 5040 17 1 Almacenista 5080 13 2 Auxiliar Administrativo 5120 11 Nivel Seccional Superintendencia Seccional Bogotá
° Suprimir los cargos de la Planta de Personal de la Superintendencia Nacional de Salud fijados mediante el Decreto número 1924 del 27 de noviembre de 1992, así: PLANTA GLOBAL DEL NIVEL NACIONAL Número de Cargos Denominación del Cargo Código Grado 1 Investigador Científico 3000 16 1 Analista de Sistemas 4005 11 1 Programador de Sistemas 4060 09 2 Asistente Administrativo 4140 12 4 Secretario Ejecutivo 5040 17 1 Almacenista 5080 13 2 Auxiliar Administrativo 5120 11 NIVEL SECCIONAL Superintendencia Seccional Bogotá. Sección de Inspección, Vigilancia y Control de Asuntos Administrativos y Financieros . 1 Jefe de Sección 2075 10 Sección de Inspección, Vigilancia y Control de Servicios de Salud. 1 Jefe de Sección 2075 10 Superintendencia Seccional Cali. Sección de Inspección, Vigilancia y Control de Asuntos Administrativos y Financieros. 1 Jefe de Sección 2075 10 Sección de Inspección, Vigilancia y Control de Servicios de Salud. 1 Jefe de Sección 2075 10 Superintendencia Seccional Bucaramanga. Despacho Superintendente Seccional 1 Superintendente Delegado 0110 08 Sección de Inspección, Vigilancia y Control de Asuntos Administrativos y Financieros. 1 Jefe de Sección 2075 10 Sección de Inspección, Vigilancia y Control de Servicios de Salud. 1 Jefe de Sección 2075 10 Superintendencia Seccional Pereira. Sección de Inspección, Vigilancia y Control de Asuntos Administrativos y Financieros. 1 Jefe de Sección 2075 10 Sección de Inspección, Vigilancia y Control de Servicios de Salud. 1 Jefe de Sección 2075 10 Superintendencia Seccional Villavicencio. Sección de Inspección, Vigilancia y Control de Asuntos Administrativos y Financieros. 1 Jefe de Sección 2075 10 Sección de Inspección, Vigilancia y Control de Servicios de Salud. 1 Jefe de Sección 2075 10 Superintendencia Seccional Cartagena Despacho Superintendente Seccional. 1 Superintendente Delegado 0110 08 Sección de Inspección, Vigilancia y Control de Asuntos Administrativos y Financieros. 1 Jefe de Sección 2075 10 Sección de Inspección, Vigilancia y Control de Servicios de Salud 1 Jefe de Sección 2075 10 Superintendencia Seccional Neiva. Despacho Superintendente Seccional . 1 Superintendente Delegado 0110 08 Sección de Inspección, Vigilancia y Control de Asuntos Administrativos y Financieros 1 Jefe de Sección 2075 10 Sección de Inspección, Vigilancia y Control de Servicios de Salud. 1 Jefe de Sección 2075 10 PLANTA GLOBAL NIVEL SECCIONAL 6 Médico 3085 14 4 Profesional Especializado 3010 12 6 Profesional Especializado 3010 10 3 Profesional Especializado 3010 09 1 Profesional Universitario 3020 08 6 Profesional Universitario 3020 06 3 Técnico Administrativo 4065 09 4 Operador Equipo de Sistemas 4100 08 1 Secretario Ejecutivo 5040 13 5 Secretario Ejecutivo 5040 11 2 Auxiliar Administrativo 5120 09 2 Auxiliar Administrativo 5120 08 5 Conductor Mecánico 6010 09
Artículo 2Las Funciones Propias De Las Distintas Unidades De La Superintendencia Nacional De Salud, Serán Cumplidas Por La Planta De Personal Que A Continuación Se Establece: Nivel Nacional
° Las funciones propias de las distintas unidades de la Superintendencia Nacional de Salud, serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece: Nivel Nacional. Número de Cargos Denominación del Cargo Código Grado Despacho del Superintendente. 1 Superintendente 0030 4 Asesor 1020 14 1 Técnico Administrativo 4065 11 2 Secretario Ejecutivo 5040 20 1 Auxiliar Administrativo 5120 11 1 Conductor Mecánico 6010 10 Planta Globalizada. 2 Superintendente Delegado 0110 13 6 Superintendente Delegado 0110 10 1 Secretario General 0037 13 2 Asesor 1020 10 2 Asesor 1020 04 3 Jefe de Oficina 2045 23 9 Jefe de División 2040 21 4 Jefe de Sección 2075 10 12 Profesional Especializado 3010 20 1 Investigador Científico 3000 16 16 Profesional Especializado 3010 16 8 Profesional Especializado 3010 15 4 Médico 3085 14 14 Profesional Especializado 3010 14 5 Profesional Especializado 3010 13 16 Profesional Especializado 3010 12 17 Profesional Especializado 3010 10 6 Profesional Universitario 3020 09 4 Profesional Universitario 3020 08 16 Profesional Universitario 3020 06 5 Profesional Universitario 3020 05 1 Especialista en Presupuesto 3140 14 6 Técnico Administrativo 4065 09 7 Operador de Equipo de Sistemas 4100 08 2 Asistente Administrativo 4140 12 3 Tecnólogo 4164 16 1 Secretario Ejecutivo 5040 20 2 Secretario Ejecutivo 5040 17 8 Secretario Ejecutivo 5040 15 8 Secretario Ejecutivo 5040 13 12 Secretario Ejecutivo 5040 11 1 Jefe de Almacén 5060 19 6 Auxiliar Administrativo 5120 10 8 Auxiliar Administrativo 5120 09 6 Secretario 5140 10 8 Conductor Mecánico 6010 09 4 Auxiliar Servicios Generales 6035 09 8 Auxiliar Servicios Generales 6035 08
Artículo 3El Superintendente, Mediante Resolución Distribuirá Los Cargos A Que Se Refiere Este Decreto, De Acuerdo Con La Estructura Orgánica Y Con Fundamento En Las Necesidades Del Servicio, Su Cobertura, Funciones Y Responsabilidades Del Cargo
° El Superintendente, mediante Resolución distribuirá los cargos a que se refiere este Decreto, de acuerdo con la estructura orgánica y con fundamento en las necesidades del servicio, su cobertura, funciones y responsabilidades del cargo.
Artículo 4Los Funcionarios Que Sean Incorporados Como Consecuencia De La Reestructuración De La Superintendencia Nacional De Salud, Devengarán El Salario Que Les Correspondía En La Anterior Planta De Personal Hasta El Día En Que Tomen Posesión En La Nueva Planta Que Se Adopta En El Artículo Segundo Del Presente Decreto
° Los funcionarios que sean incorporados como consecuencia de la reestructuración de la Superintendencia Nacional de Salud, devengarán el salario que les correspondía en la anterior planta de personal hasta el día en que tomen posesión en la nueva planta que se adopta en el artículo segundo del presente Decreto.
Las incorporaciones a la planta de personal, así como la posesión en el nuevo cargo deberán realizarse en el término de quince (15) días, contados a partir de la fecha de publicación del presente Decreto.
Artículo 5Los Funcionarios Que A La Fecha De Publicación Del Presente Decreto Se Hallen Nombrados En Cualquiera De Los Cargos Señalados En El Artículo Primero Y Que No Sean Incorporados En La Nueva Planta De Personal Tendrán Derecho Al Pago De Indemnizaciones O De Las Bonificaciones En Los Términos De Que Tratan Los Artículos 46 Al 50 Del Decreto 2165 De 1992, Siempre Y Cuando Se Cumplan Con Los Presupuestos Legales Establecidos Para Tal Efecto
° Los funcionarios que a la fecha de publicación del presente Decreto se hallen nombrados en cualquiera de los cargos señalados en el artículo primero y que no sean incorporados en la nueva planta de personal tendrán derecho al pago de indemnizaciones o de las bonificaciones en los términos de que tratan los artículos 46 al 50 del Decreto 2165 de 1992, siempre y cuando se cumplan con los presupuestos legales establecidos para tal efecto.
Artículo 6El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, En Especial El Decreto 1924 De 1992
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 1924 de 1992.