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decreto 22 de 1957

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO: Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la Republica

Considerando · 3 motivos

Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la Republica;

Que la experiencia ha demostrado la necesidad de modificar la División Territorial del Distrito Judicial de Manizales;

Que toda medida que tienda al mejoramiento de la justicia contribuye al restablecimiento de la normalidad.

Artículo 1

Artículo primero. A partir de la vigencia del presente Decreto el Municipio de Marulanda, Departamento de Caldas, formara parte del Circuito Judicial de Salamina, en el mismo Departamento.

Artículo 2

Artículo segundo. Quedan suspendidas las disposiciones que sean contrarias a los dispuesto en este Decreto, el cual regirá a partir del primero (1°) de marzo de 1957. Comuníquese y publíquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro De Gobierno
El Ministro De Relaciones Exteriores
El Ministro De Justicia
El Ministro De Hacienda Y Crédito Público
El Ministro De Guerra
El Ministro De Agricultura
El Ministro De Trabajo
El Ministro De Salud Pública
El Ministro De Fomento, Teniente Coronel
El Ministro De Minas Y Petróleos
El Ministro De Educación Nacional
El Ministro De Comunicaciones, Mayor General
El Ministro De Obras Públicas