en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO: Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la Republica
Considerando · 3 motivos
Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la Republica;
Que la experiencia ha demostrado la necesidad de modificar la División Territorial del Distrito Judicial de Manizales;
Que toda medida que tienda al mejoramiento de la justicia contribuye al restablecimiento de la normalidad.
Artículo 1
Artículo primero. A partir de la vigencia del presente Decreto el Municipio de Marulanda, Departamento de Caldas, formara parte del Circuito Judicial de Salamina, en el mismo Departamento.
Artículo 2
Artículo segundo. Quedan suspendidas las disposiciones que sean contrarias a los dispuesto en este Decreto, el cual regirá a partir del primero (1°) de marzo de 1957. Comuníquese y publíquese,