El Presidente de la República de Colombia
en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política
Artículo 1Suprímese El Consulado Ad Honorem De Colombia En La Ciudad De El Callao, Perú
°. Suprímese el Consulado ad honorem de Colombia en la ciudad de El Callao, Perú.
Artículo 2Suprímese El Cargo De Cónsul Ad Honorem De Colombia En La Ciudad De El Callao, Perú, Actualmente Vacante
°. Suprímese el cargo de cónsul ad honorem de Colombia en la ciudad de El Callao, Perú, actualmente vacante.
Artículo 3Asígnase La Jurisdicción De El Callao Al Consulado General De Colombia En La Ciudad De Lima, Perú
°. Asígnase la jurisdicción de El Callao al Consulado General de Colombia en la ciudad de Lima, Perú.
Artículo 4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los 20 de marzo de 1998. ERNESTO SAMPER PIZANO La Ministra de Relaciones Exteriores, María Emma Mejía Vélez.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política
La Ministra de Relaciones Exteriores