Micelio

decreto 1629 de 1951

2 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 45 del Decreto número 289 de 1950

Artículo 1A Partir De La Fecha Del Presente Decreto, Suprímense Los Siguientes Cargos En La Jefatura De Rentas E Impuestos Nacionales: Sección De Damnificados: Un Abogado Jefe, Con Asignación Mensual De $ 600

° A partir de la fecha del presente Decreto, suprímense los siguientes cargos en la Jefatura de Rentas e Impuestos Nacionales: Sección de Damnificados: Un Abogado Jefe, con asignación mensual de $ 600.00 Un Secretario Contador, con asignación mensual de 400.00 Una Mecanotaquígrafa, con asignación mensual de 200.00 Recaudación de Hacienda Nacional de Honda: Un Auditor Liquidador, con asignación mensual $ 310.00

Artículo 2Créanse Los Siguientes Cargos: Dirección: Una Mecanógrafa, Con Asignación Mensual De $ 210

° Créanse los siguientes cargos: Dirección: Una Mecanógrafa, con asignación mensual de $ 210.00 Sección Impuesto sobre la renta: Un Ponente Primero, con asignación mensual de $ 500.00 Un Ponente Primero, con asignación mensual de 500.00 Administración de Hacienda Nacional de Cundinamarca: Sección Primera. Auditoria de Impuestos: Un Liquidador Tercero, con asignación mensual de $ 300.00 Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público