Micelio

decreto 675 de 1925

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Artículo 1La Partida De Seis Mil Pesos Apropiada En El Presupuesto Nacional De Gastos De La Actual Vigencia Con Imputación Al Capítulo 5°, Artículo 10, Para Material De Los Tribunales De Lo Contencioso Administrativo, Se Distribuye Así: Para El Tribunal De Bucaramanga

Articulo 1° La partida de seis mil pesos apropiada en el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia con imputación al capítulo 5°, artículo 10, para material de los Tribunales de lo Contencioso Administrativo, se distribuye así: Para el Tribunal de Bucaramanga. $ 500 Para el Tribunal de Cartagena 1,320 Para el Tribunal de Ibagué 440 Para el Tribunal de Manizales 1,220 Para el Tribunal de Medellín 1,280 Para el Tribunal de Pasto 440 Para el Tribunal de Popayán 500 Para el Tribunal de Tunja 300 Suma $ 6,000

Artículo 2Los Tribunales Expresados Atenderán Con Las Partidas Indicadas A Los Gastos De Arrendamiento De Locales, Útiles De Escritorio, Arreglo De Archivo Y Compra De Muebles Donde Sean Necesarios, Etc

° Los Tribunales expresados atenderán con las partidas indicadas a los gastos de arrendamiento de locales, útiles de escritorio, arreglo de archivo y compra de muebles donde sean necesarios, etc. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno