Micelio

decreto 2162 de 1955

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO: Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República

Considerando · 1 motivo

Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República;

Artículo 1

Artículo primero. Adicionase los cómputos líquidos el Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación, para la presente vigencia fiscal con la cantidad de ciento diez y siete mil novecientos ochenta y dos pesos con noventa y un centavos ($ 117.982.91) moneda corriente, que se incorpora con imputación al siguiente numeral: Recursos del Balance del Tesoro. Numeral 119. Cancelación de Depósitos Provisionales constituidos por el Contador Pagador del- Ministerio de Salud Pública, provenientes del reembolse de los gastos por fletes, seguros y otros inherentes a la importación de leche y queso, donados por la Cooperativa Americana de Remesas al Exterior -C. A. R. E.- (Decretos legislativos números 1194 y 1593 de 1954) $117.982.91 Total $117.982.91

Artículo 2

Artículo segundo. Con base en el nuevo recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente te crédito adicional -suplemental al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal, en curso: MINISTERIO DE SALUD PUBLICA CAPITULO 76 Gastos varios. Ala. Al artículo11078. Para portes aéreos y terrestres, empaques, acarreos, aseguros transporte de elementos, en la presente vigencia y anteriores $117.982.91 Total $117.982.91

Artículo 3

Artículo tercero. Quedan suspendidas todas las disposiciones que sean contrarias a las del presente Decreto, el cual rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Agricultura
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas