Micelio

decreto 539 de 1954

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Artículo 1Con Jurisdicción En El Respectivo Circuito De Notaría, Créanse Tres Notarías Más En El Municipio De Medellín

° Con jurisdicción en el respectivo Circuito de Notaría, créanse tres Notarías más en el Municipio de Medellín.

Artículo 2Créase El Circuito De Notaría De Bello (Antioquia), Con Cabecera En El Municipio Del Mismo Nombre Y Jurisdicción En Él, Y En El Municipio De San Pedro

Articulo 2° Créase el Circuito de Notaría de Bello (Antioquia), con cabecera en el Municipio del mismo nombre y jurisdicción en él, y en el Municipio de San Pedro.

Artículo 3El Tribunal Superior Y La Gobernación, Del Departamento De Antioquia, Tomarán Las Medidas Del Caso A Fin De Que Las Notarías Creadas Por El Presente Decreto, Empiecen A Funcionar

° El Tribunal Superior y la Gobernación, del Departamento de Antioquia, tomarán las medidas del caso a fin de que las Notarías creadas por el presente Decreto, empiecen a funcionar.

Artículo 4Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra, .encargado del Ministerio de Justicia
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas