en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 8 de febrero en curso, aprobó, en oficio 925, la solicitud presentada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar un traslado en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, de conformidad con los artículos 32 y 33 de la Ley 64 de 1931 y el Decreto 122 de 1935
Artículo 1Hácese En La Ley De Apropiaciones De La Vigencia Fiscal De 1935 El Siguiente Traslado: Ministerio De Relaciones Exteriores Capitulo 20 Convenciones Internacionales Y Demarcación De Límites
° Hácese en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal de 1935 el siguiente traslado: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES CAPITULO 20 Convenciones Internacionales y Demarcación de Límites. Del artículo 56. Para pagar el último contado a la Casa Editora de Suiza, por valor del grabado e impresión del nuevo mapa de la República $ 5,000 AL CAPITULO 21 Gastos varios. Artículo 61-B. Para atender al pago de gastos de vigencias expiradas 5,000 Sumas iguales $ 5,000 5,000 Comuníquese.