Micelio

decreto 3001 de 1947

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Modificase la destinación de la suma de $ 400.000 hecha por Decreto número 2163 del corriente año, de la suma de $ 400.000 apropiada en el Capítulo 99, artículo 2087 A así:

Artículo 2087A Así:

Artículo único. Modificase la destinación de la suma de $ 400.000 hecha por Decreto número 2163 del corriente año, de la suma de $ 400.000 apropiada en el Capítulo 99, artículo 2087 A así: Para la carretera La Mata-Rincónhondo 85.000.00 Para la carretera Ibagué-Salado-San Bernardo 45.000.00 Para la carretera nacional del Meta 60.000.00 Para la carretera Garzón-La Plata-Corinto 80.000.00 Para la carretera Garagoa-Tensa-La Capilla 30.000.00 Para la carretera Bolívar-Sucre-Jesús María 35.000.00 Para la carretera Abrego-Ocaña-Gamarra 20.000.00 Para el camino Santuario-Río Ingara 10.000.00 Para el camino Andes-Bagadó 10.000.00 Para la carretera Pandi-Colombia 20.000.00 Para gastos de administración y explotación de los trasbordadores de Cambao 5.000.00 Total 400.000.00 Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas