Artículo 1
Trasládese dentro del capítulo 34 del Presupuesto de la actual vigencia, y del artículo 377, la suma de mil pesos ($ 1,000), al artículo 376. Para compra de útiles de escritorio y materiales para las oficinas del Ministerio $ 1,000
Artículo 377, La Suma De Mil Pesos ($ 1,000), Al Artículo 376
Artículo único. Trasládese dentro del capítulo 34 del Presupuesto de la actual vigencia, y del artículo 377, la suma de mil pesos ($ 1,000), al artículo 376. Para compra de útiles de escritorio y materiales para las oficinas del Ministerio $ 1,000 Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público