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decreto 3773 de 2007

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el artículo 18 de la Ley 790 de 2002 y el Decreto 190 de 2003 disponen que los cargos que quedaren vacantes, como consecuencia de la jubilación o pensión de vejez de los servidores públicos que los desempeñaren, deberán ser suprimidos

Considerando · 4 motivos

Que el artículo 18 de la Ley 790 de 2002 y el Decreto 190 de 2003 disponen que los cargos que quedaren vacantes, como consecuencia de la jubilación o pensión de vejez de los servidores públicos que los desempeñaren, deberán ser suprimidos;

Que el Instituto de Seguros Sociales presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar la planta de personal el cual obtuvo concepto técnico favorable de este Departamento Administrativo;

Que el Consejo Directivo del Instituto de Seguros Sociales, en sesión del 10 de agosto de 2006, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la modificación de su planta de personal como consta en el Acta número 234 de la misma fecha;

Que el Instituto de Seguros Sociales, para efectos de modificar su planta de personal, cuenta con concepto de la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;

Artículo 1Apruébase La Modificación De La Planta De Personal Del Instituto De Seguros Sociales Suprimiendo El Siguiente Cargo De Empleado Público: N° Area Nivel Grado Denominación Jornada 1 (Uno) 2 4 36 Médico General 8

°. Apruébase la modificación de la planta de personal del Instituto de Seguros Sociales suprimiendo el siguiente cargo de empleado público: N° AREA NIVEL GRADO DENOMINACIÓN JORNADA 1 (Uno) 2 4 36 Médico General 8

Artículo 2Apruébase La Modificación De La Planta De Personal Del Instituto De Seguros Sociales Suprimiendo Treinta Y Un (31) Cargos De Trabajadores Oficiales

°. Apruébase la modificación de la planta de personal del Instituto de Seguros Sociales suprimiendo treinta y un (31) cargos de trabajadores oficiales.

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente El Acuerdo 064 De 1994, La Resolución 1777 De 1995, Aprobada Por El Departamento Administrativo De La Función Pública El 3 De Mayo De 1995, El Decreto 1531 De 1996 Y Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Acuerdo 064 de 1994, la Resolución 1777 de 1995, aprobada por el Departamento Administrativo de la Función Pública el 3 de mayo de 1995, el Decreto 1531 de 1996 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de la Protección Social
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública