en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por medio del numeral 3º del artículo 56 de la Ley 11 de 1969, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados dentro del Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de Inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito. Que el Ministerio de Salud Pública, por medio de la resolución númer
Considerando · 4 motivos
Que por medio del numeral 3º del artículo 56 de la Ley 11 de 1969, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados dentro del Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de Inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito.
Que el Ministerio de Salud Pública, por medio de la resolución número 01592 de 1970, declaró sobrantes los saldos de unas apropiaciones de su Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970, con el objeto de que sean trasladados para incrementar otras apropiaciones de su mismo Presupuesto que resultaron insuficientes, por un valor total de $3.000.000.00.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto -ley 1675 de 1964, el Contralor General de la república expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 64 de 1970, por un valor igual al que se trata de transferir, y;
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;
Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1970: Presupuesto De Funcionamiento Contracréditos: Ministerio De Salud Pública Capítulo 231 Ministerio De Salud Pública Programa 251 Dirección Superior Servicios Personales 101,111,103
º. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Contracréditos: MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Capítulo 231 Ministerio de Salud Pública Programa 251 Dirección Superior Servicios personales 101,111,103.Artículo 2301 Sueldos del personal de nómina $139.130.00 101,111.111. Artículo 2303. Honorarios 10.000.00 02, 111,120. Artículo 2304. Prima Técnica 160.000.00 Gastos generales 106, 111,207. Artículo 2309. Servicios de Comunicaciones 18.000.00 Programa 252 Atención médica Subprograma 1. Administración Servicios personales 101,351,103.Artículo 2323 Sueldos del personal de nómina 277.000.00 102,351, 120. Artículo 2324. Prima Técnica 735.000.00 Gastos Generales 106,351, 207. Artículo 2329 Servicios de comunicaciones 15.000.00 Programa 253 Administración de campañas directas Transferencias: 205, 355, 103. Artículo 2393. Subsidio para enfermos de lepra 1.355.580.00 Programa 254 Saneamiento ambiental Servicios personales 101, 355, 103. Artículo 2393. Sueldos del personal de nómina. 17.460.00 102, 355,120. Artículo 2394. Prima Técnica 140.000.00 Gastos Generales 106, 355, 207. Artículo 2399. Servicios de comunicaciones 25.000.00 Programa 255 Servicios Administrativos Servicios personales 101, 351,103. Artículo 2406. Sueldos del personal de nómina 107.830.00 Suman los créditos $3.000.000.00 Créditos: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO MINSITERIO DE SALUD PUBLICA Capítulo 231 Ministerio de Salud Pública Programa 251 Dirección Superior Transferencias 203, 351,411. Artículo 2320. Para Programa de Emergencia Sanitaria 3.000.000.00 Suma el crédito $3.000.000.00
Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
º. el presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.