Micelio

decreto 2360 de 1956

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Artículo 1

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: AQUI PDF DIARIO OFICIAL 29156 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 2 Y 3.

Artículo 2

Artículo segundo. Quedan suspendidas todas las disposiciones que sean contrarias a las del presente Decreto, el cual rige desde su fecha. Comuníquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia, encargado del Despacho de Minas y Petróleos
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra
El Ministro del Trabajo, encargado del Despacho de Agricultura y Ganadería
El Ministro de Fomento, encargado del Despacho de Obras Públicas
El Ministro de Educación Nacional, encargado del Despacho de Salud Pública
El Ministro de Comunicaciones